Crear la Ley para el Uso de Medios Electrónicos, la “subasta inversa” y “firma” electrónicas, así como el “documento” y “sello” digitales, contribuye a modernizar y eficientar la administración pública en los órdenes de gobierno estatal y municipal, además de que facilita a la población el cumplimiento de diversos trámites, se establece en las reformas aprobadas por la LVII Legislatura mexiquense.

En sesión del Tercer Periodo Ordinario —en la que Pleno avaló cuatro reformas constitucionales en materia de utilización de tecnologías de la información y de comunicación, garantía al derecho de acceso a la ciencia y la tecnología; Desarrollo Social, y de carácter municipal— el dictamen a las iniciativas del Ejecutivo estatal, establecen que mediante el uso óptimo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como de las herramientas compatibles: “firma electrónica”, “documento” y “sello digital” se facilitará a los particulares el acceso electrónico a trámites, servicios, consultas de procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Estatal y Municipal, que garantice certeza jurídica para generar, comunicar, recibir o archivar la información y la posibilidad de acceder a ella en posteriores consultas.

La Ley para el uso de Medios Electrónicos responde a la necesidad de agilizar la capacidad de respuesta institucional mediante la incorporación de tecnologías de punta como la informática y las telecomunicaciones y contribuir a construir una Administración Pública moderna para impulsar el desarrollo y garantizar la estabilidad institucional.

Establece la creación de un Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios” (SEITS), como una herramienta informática al servicio de los usuarios y un “Registro Único de Personas Acreditadas del Estado de México” (RUPAEM), para que puedan realizar todos los trámites que requieran, de manera ágil y expedita, utilizando una clave única que les será asignada al solicitar su inscripción en el mismo.

A fin de hacer congruente las disposiciones de la nueva ley, los legisladores aprobaron modificaciones al Libro XIII del Código Administrativo de la entidad, que norma la denominada “Subasta Inversa Electrónica”, entendida como “la modalidad con base en la cual la Administración Pública Estatal y Municipal, pueden desahogar los procedimientos para la adquisición de bienes y contratación de servicios a que se refiere el presente Libro, por conducto del Sistema Electrónico de Información, Trámites y Servicios, a efecto de adjudicarlos a los postores que presenten la oferta económica más favorable, mediante la presentación de ofertas subsecuentes de descuentos”.

Además, elevaron a rango constitucional la obligación del Estado de garantizar a todos los individuos el acceso a la ciencia y a la tecnología; estableciendo políticas de largo plazo y mecanismos que fomenten el desarrollo científico y tecnológico de la entidad.

Respecto a la reforma al artículo 5 de la Constitución establece que el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt) elabore, en el plazo de un año, el proyecto y la propuesta del paquete de leyes, reformas y/o modificaciones al marco jurídico que se requieran, para garantizar el ejercicio de dicho derecho, que deberá poner a disposición del Ejecutivo estatal, quien a su vez, deberá presentar en un plazo de 60 días, el paquete de leyes, reformas y/o modificaciones al marco jurídico que se requieran para garantizar su ejercicio.