Con el objetivo de profesionalizar el servicio público, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) promueve una serie de reformas a la Ley Orgánica Municipal para elevar los requisitos profesionales de quienes aspiren a convertirse en Tesoreros, Directores de Obras, o secretarios de algún ayuntamiento.

Bajo el argumento de que el aparato administrativo de los ayuntamientos significa la herramienta fundamental para atender y responder a las necesidades de la ciudadanía, los priístas destacaron la necesidad de volverlos eficaces, competitivos, eficientes y efectivos.

Para que eso ocurra, “las personas incorporadas a servir a los demás deben contar con los conocimientos, técnicas procedimientos, normatividad, programas y acciones que se concretizan en obras y servicios colectivos a fin de satisfacer necesidades colectivas”, justifican las iniciativas.

“La preparación profesional de los funcionarios al interior de las administraciones municipales es necesaria a efecto de aumentar la eficiencia y puedan atender con mayor prontitud los reclamos de la ciudadanía… Un elemento adicional también importante es la idoneidad de los perfiles profesionales que deben satisfacer los servidores públicos”, prosigue la exposición de motivos.

Por tanto, en el caso del Tesorero Municipal y Director de Obras Públicas se plantean reformas a los artículos 32, a la fracción I del 96 y al 96 Bis de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para que, de aprobarse, ser Tesorero requiera de “ser profesionista titulado, por lo menos a nivel licenciatura, en las áreas económicas o contable administrativas, con experiencia mínima de un año”, y ser Director de Obras Públicas implique “tener la capacidad para desempeñar el cargo a juicio del ayuntamiento, ser profesionista titulado, por lo menos a nivel licenciatura, en estudios de ingeniería, arquitectura, infraestructura o área afín, con experiencia mínima de un año”.

En tanto, a través de reformas al artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal, el secretario del ayuntamiento, se elegiría bajo los siguientes criterios: “en municipios que tengan una población de hasta 150 mil habitantes, haber concluido la educación media superior; en los municipios que tengan más de 150 mil y hasta 500 mil habitantes, o que sean cabecera distrital, haber concluido estudios de licenciatura; en los municipios de más de 500 mil habitantes y en el sede de los Poderes del Estado tener título profesional de nivel licenciatura”.

Las propuestas fueron turnadas por el pleno a las comisiones respectivas, para su análisis y posterior dictamen.

Fuente: Tres Pm