Los delitos de explotación sexual y pornografía infantil ocupan en México el tercer lugar dentro de la lista de los crímenes que comete la delincuencia organizada, tan sólo por debajo de la venta de droga y tráfico de armas, lo que genera ganancias de más de 30 mil millones de dólares anuales.
Este delito ha crecido en el estado de México y no existe una cifra o estadística oficial de las personas que se ven afectadas por este fenómeno, ya que la ley del estado no persigue a los criminales que cometen éstas transgresiones porque no están tipificados como delitos graves.
Pero eso podría cambiar si los diputados del congreso del estado de México aprueban en el próximo periodo de sesiones en 2011, la Iniciativa con proyecto de decreto para reformar el articulo 9 del código penal del estado, en su capitulo 1 de las personas menores de edad y de quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, explicó Cristina Ruiz Sandoval, diputada del PRI del estado de México, quien impulsa esta iniciativa.
El objetivo es proteger a la niñez mexiquense, con respecto a la pornografía, así como a las personas con capacidades diferentes, “ya que en muchas de las ocasiones, ni ellos mismos saben que están sufriendo este tipo de delito”, reveló Ruiz Sandoval.
El articulo 204 se integraría al articulo 9 del Código penal para convertirse y tipificarse “como delito grave, con esa modificación estaríamos asegurándonos de que los criminales ya no puedan obtener una libertad bajo fianza”.
Castigos
Las penas irían “de 3 a 10 años de prisión para las personas que orillen a otros a volverse adictos, hacerse miembro de asociaciones delictuosas o realizar actos sexuales. En el caso del delito de la pornografía infantil sería castigado con cárcel de 3 a 12 años y, el lenocinio de 2 a 6 años de prisión”, detalló la legisladora.
Fuente: El Universal, Estado de México – Rodrigo Alonso

