El día de ayer, miércoles 13 de julio de 2011, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con tres votos a favor y uno en contra, resolvió favorablemente a la demanda de amparo de La Voladora Radio en el caso de negativa, por parte de la Secretaría de Salud del Estado de México, de otorgamiento de publicidad oficial.

Los ministros de la SCJN ha resuelto ordenar a la Secretaría de Salud que sus argumentos para negar la publicidad oficial a La Voladora carecen de fundamentos y son discriminatorios respecto de la asignación de publicidad oficial, ya que la radio es una permisionada que opera desde hace 6 años y que cuenta con todos los recursos técnicos para transmitir información oficial de interés para la población a la que atiende la emisora.

La SCJN solicitará a la Secretaría de Salud del Estado de México que revise sus argumentos para negarle publicidad a la radio, por tanto, que vuelva a dar una respuesta. Esto, sin duda, marca un precedente importante para establecer criterios objetivos en el otorgamiento de la publicidad oficial a los medios de comunicación y, en particular, a las radios comunitarias, mismas que tienen entre sus fines dar servicios informativos de interés social, lo que, definitivamente, coloca a las radios comunitarias como emisoras que cumplen con las necesidades institucionales de hacer llegar información a todas las poblaciones del país.

El 30 de octubre de 2009, La Voladora se dirigió a la secretaría con un escrito solicitando la contratación de publicidad oficial con este medio de comunicación, que proporciona servicios de comunicación e informativos a la población de Amecameca de Juárez y los municipios Ayapango, Ozumba, Tlalmanalco, Tepetlixpa, Atlautla, Ecatzingo, Juchitepec, Tenango. La Secretaría de Salud del Estado de México respondió negativamente a La Voladora el 15 de diciembre de 2009 bajo el argumento de ser una radio que se encuentra en etapa de proyecto:

«En el caso de La Voladora Comunicación, A.C. se trata de una radiodifusora comunitaria, que no cubre las expectativas de difusión de la Secretaría de Salud para lograr sus objetivos, y aunque cuenta con registro, se encuentra en etapa de proyecto, por esta razón, no es posible considerar a La Voladora Comunicación, A.C. como opción para difundir el quehacer institucional».

La importancia de la resolución de los ministros de la SCJN radica en el señalamiento a la secretaría de que su interés debería ser el acercamiento de su información a todos los sectores de la población y, en ese sentido, La Voladora Radio atiende a uno de ellos.

Por otro lado, los argumentos de la secretaría resultan infundados, ya que ellos mismos admiten que La Voladora cuenta con registro y el argumento de encontrarse en etapa de proyecto no se fundamenta pues La Voladora Radio opera con el permiso correspondiente desde 2005, por tanto, y por ley, la radio no puede encontrarse en etapa de proyecto.

Fuente: Etcétera