Las comisiones unidas de Procuración de Justicia, Gobernación y Puntos Constitucionales, y Equidad de Género aprobaron las modificaciones al Código Penal, para establecer prisión vitalicia por los delitos de homicidio, feminicidio y violación.

Durante la reunión de hoy, se acordó que se pedirá al pleno que los diputados mexiquenses aprueben la iniciativa de ley que al respecto envió el gobernador Eruviel Ávila Villegas, a una semana de asumir el cargo.

Dicho proyecto de decreto será presentando ante el pleno el próximo jueves, luego de que el mandatario estatal presentara una iniciativa de ley que reforma el artículo séptimo de la Constitución Política local y del Código Penal.

Durante la sesión de comisiones unidades, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Lucía Garfias Gutiérrez, de Nueva Alianza, consideró que estas modificaciones que se hacen al Código Penal darán mayor certeza jurídica a la impartición de justicia en la entidad.

La legisladora rechazó que esta iniciativa de ley se haya aprobado “al vapor”, debido a que todos los partidos que integran ambas comisiones analizaron con detenimiento los pros y contras de estas reformas.

Indicó que en la presentación de dicha iniciativa, propuesta por el Ejecutivo estatal, hubo otras dos más por parte del PRD y PAN, las cuales también fueron analizadas, discutidas y en algunos puntos modificadas, para que coincidieran en la aplicación de la presión vitalicia.

En su artículo 23 las reformas señalan que la “presión vitalicia consiste en la privación de la libertad, la que podrá ser de tres meses a vitalicia, entendiéndose por esta una duración igual a la vida del sentenciado y se cumplirá en los términos y modalidades previstas en las leyes en la materia..”

En los artículos 57, 94, señalan la forma y grado de intervención del agente en la comisión del delito, así como la calidad y la de la víctima u ofendido y, en su caso de servidores públicos, para tal efecto se considerará la circunstancia de que se haya cometido.

En el caso del artículo 149, se menciona que si el delito fuera cometido por servidores públicos de las instituciones de seguridad pública o de administración de justicia, la pena aumentará hasta en una mitad más de la que le corresponda y será destituido e inhabilitado por un plazo igual a la pena privativa de libertad impuesta.

En el artículo 242, fracción dos, establece al responsable un homicidio calificado se le impondrán de 40 a 70 años de presión vitalicia y de 700 a cinco mil días de salario mínimo.

En el artículo 242 bis referentes al tema de feminicidios en sus fracciones I a III señalan que el delito de homicidio, se sancionará en los siguientes términos: al responsable de homicidio cometido en contra de su cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes, descendientes consanguíneos en línea recta o hermanos, teniendo conocimiento el inculpado del parentesco, se le impondrán de cuarenta a setenta años de prisión y de setecientos a cinco mil días multa.

En tanto el artículo 274, relacionado a la violación, fracción IV, cuando por razón del delito de violación causare la muerte, se impondrán de 40 a 70 años de presión o presión vitalicia y de 700 a cinco mil días de salario mínimo.

Finalmente, la legisladora Garfias Gutiérrez señaló que luego de estos acuerdos consensuados, se espera que este jueves el pleno apruebe dichas reformas al Código Penal.

FUENTE: LA CRÓNICA