Por LUIS SOTO
Pues ahora sí, corruptos y corruptas de todo el país que trabajan en instituciones que reciben fondos públicos o realizan actos de autoridad, parece que les llegó la hora de que “les corten las uñas”.
¡Qué horror, qué horror! Exclaman líderes sindicales, dirigentes de los partidos políticos, administradores de cientos de fideicomisos… y todas aquellas personas físicas y morales que reciben y manejan dinero del erario. ¿Y quiénes van a ser los encargados del “manicure”? Cuestionan los afectados. Pues los integrantes del nuevo organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propios que sustituirá el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), que podrá solicitar información precisa, concisa y detallada de en qué se está gastando la lana, información a la que tendrán acceso todos, absolutamente todos los ciudadanos, incluyendo los comunes y corrientes.
¡No me digas! Responden socarronamente aquellos a quienes van dirigidas las nuevas disposiciones de transparencia contenidas en la Reforma Constitucional sobre la materia que promulgó el Jefe del Ejecutivo hace unos días. Lo más relevante del tema está plasmado en el artículo 6° de la Constitución, que a la letra dice
A. Para el ejercicio del derecho de acceso a la información, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, se regirán por los siguientes principios y bases:
I. Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.
IV. Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante los organismos autónomos especializados e imparciales que establece esta Constitución.
V. Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.
VIII. La Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley. El organismo autónomo previsto en esta fracción, se regirá por la ley en materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, en los términos que establezca la ley general que emita el Congreso de la Unión para establecer las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de este derecho. En su funcionamiento se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.
Estos es, a grandes rasgos lo que dice el reformado artículo 6° de la Constitución.
Sin embargo, en donde la comentada Reforma “podría torcer el rabo”, es en la creación del IFAI renovado, corregido y aumentado, pues para empezar varios de los actuales comisionados del IFAI podrían integrar el nuevo “organismo autónomo, especializado, imparcial…” ¡Bueno, al menos tienen experiencia, no! Dicen sus defensores. Pues sólo el tiempo despejará las dudas.
AGENDA PREVIA
Dicho sea con todo respeto para las verduleras escandalosas, las comadres bravuconas y las señoras histéricas que hacen fila en las tortillerías, el intercambio epistolar (elegante nombre) de Carlos Salinas de Gortari y Manuel Camacho Solís en las páginas de El Universal no es más que un miserable pleito –hasta deschongarse– de verduleras en el mercado; de comadres en los lavaderos de la vecindad, o de mujeres fodongas en la tortillería, apunta un observador objetivo e imparcial.
¡Y pensar que se trata de dos individuos que tuvieron en sus manos las riendas de nuestro país, uno como presidente de la República y el otro como su brazo derecho! Exclama.
Bueno, Camacho fue el brazo derecho de Salinas, hasta que éste dejó a aquel como novia de pueblo: vestida y alborotada, y le entregó la candidatura presidencial de 1994 al hombre que, según «El Orejotas», no hubiera cometido «el error de diciembre».
Y otra cosita: Al cinicote de Salinas le vino como anillo al dedo la polémica con su rencoroso excolaborador, porque de esa manera se desvió la atención de lo verdaderamente importante de sus declaraciones –«intentaron descarrilar a mi gobierno»–, y nadie le ha exigido que responda la pregunta que no se atrevió a hacerle el reportero que lo entrevistó:
«¿Quién o quiénes intentaron descarrilar a su gobierno, señor Salinas? ¡Nombres, nombres y apellidos! O por lo menos díganos los apodos de esos malosos.»

