A fin de que las instancias de seguridad social den atención pronta, efectiva y oportuna a las embarazadas que por sus condiciones de salud, estén en riesgo su vida o la de sus bebés, la bancada de Nueva Alianza en la Cámara de Diputados propuso reformar la Ley General de Salud.
El diputado Rubén Benjamín Félix Hays, integrante de la Comisión de Salud, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para modificar los artículos 35, 37 y 38 de la legislación correspondiente, para que se acaten los principios de universalidad y gratuidad de atención médica.
Indicó que según el informe sobre mortalidad materna en México del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), en los últimos 12 años no disminuyeron las cifras de esos fallecimientos, situación que se ha convertido en un problema de salud, derechos humanos, equidad de género y justicia.
El legislador de la bancada de Nueva Alianza en San Lázaro recordó que en los últimos meses los casos de negación del servicio médico a embarazadas se presentaron de manera más frecuente, sobre todo en Tabasco, Guerrero, Chiapas, Puebla, Yucatán, Chihuahua, Guanajuato y Michoacán.
Por ello se ha propuesto adicionar un párrafo tercero al artículo 35, con el fin de establecer que “las instancias públicas de seguridad social, en todo tiempo, prestarán los servicios sanitarios y atención médica urgente a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez” independientemente de que sean o no beneficiarios o derechohabientes.
Además se adiciona un párrafo cuarto al correlativo 37, con el fin de que “las instituciones públicas de seguridad social a que se refiere el párrafo primero de este artículo en ningún caso ni por motivo alguno podrán negar los servicios de atención médica urgente a las mujeres embarazadas”.
Ello “cualquiera que sea la etapa y que, por su estado grave de salud, se encuentre en riesgo su vida y la del producto, independientemente de que sean o no beneficiarios o derechohabientes”, abundó.
También se plantea reformar el párrafo 38, para estipular que “el gobierno federal, de los estados, del Distrito Federal y los gobiernos municipales podrán celebrar convenios con las instituciones de salud privados para que presten los servicios sanitarios y atención médica urgente a las mujeres que se encuentren en estado de gravidez”.
Félix Hays destacó que la modificación precisa que “los convenios a los que se refiere el párrafo anterior podrán versar sobre estímulos fiscales que sean atractivos y favorezcan la prestación de su servicio”.
Señaló que las instituciones privadas que celebren los convenios establecidos en este artículo en ningún caso y por motivo alguno podrán negar o negarse a atender a los pacientes que lo requieran.
Recordó que los Objetivos del Milenio 2015 establecen una meta original a 44.5 defunciones maternas por cada 10 mil nacimientos, pero en 2011 se registraron 110 defunciones de mujeres en el parto, siendo la hemorragia obstétrica y los trastornos hipertensivos las principales causas.
Hacia 2012, dijo el legislador, se registró una disminución a 95 defunciones por estas causas en el país y no ha habido mejoras en esa tendencia en los años siguientes.
A pesar del aumento del presupuesto y de las iniciativas específicas que se han promovido desde 1998, lamentó, México no ha avanzado con la velocidad necesaria para alcanzar la meta de mejorar la salud materna, expresada en la reducción de la mortalidad en parto.
Benjamín Félix reveló que la crisis del sector salud en México la pagan las parturientas, pues por cada dos mil habitantes en el territorio nacional hay tres médicos, cuando la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es de entre dos o tres por cada mil habitantes.
Félix Hays aseguró que la mortalidad materna representa un gran desafío para las instituciones de salud, porque sus causas son evitables en muchos casos.
Insistió que esta iniciativa va encaminada a que toda mujer que presente una emergencia obstétrica sea atendida sin dilación alguna, en cualquier unidad médica de las instituciones de seguridad social, sin discriminación por razón de no estar afiliada, o no tener la calidad de derechohabiente de esas instituciones.

