La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 27/2015 al comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Ardelio Vargas, por violaciones a las garantías fundamentales de un niño hondureño de 12 años.
El menor, quien no estaba acompañado, se alojó primeramente en la estación migratoria de Toluca, Estado de México, y luego en la de Iztapalapa, Distrito Federal.
Una vez analizadas las constancias que obran en el expediente CNDH/5/2013/6995/Q, el organismo público nacional encontró elementos que acreditan que servidores públicos del INM ignoraron el principio del interés superior de la niñez.
Y en consecuencia, vulneraron los derechos humanos a la protección de la salud y a la seguridad jurídica del agraviado.
Por ello, la CNDH recomendó al titular del instituto reparar el daño ocasionado al infante, en términos de la Ley General de Víctimas.
Además, garantizar que sea proporcionada una correcta atención médica a las personas alojadas en las estaciones migratorias, de manera prioritaria a los niños y adolescentes en contexto de migración no acompañados.
También, la CNDH solicitó que se diseñe e imparta a los oficiales de Protección a la Infancia y los servidores públicos encargados de resolver la situación jurídica de los niños, niñas y adolescentes en migración no acompañados, un curso sobre la relevancia del interés superior de la niñez, a fin de evitar futuras violaciones.
Recomendó aportar los elementos necesarios en el procedimiento administrativo de investigación que se inicie con motivo de la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control del INM contra las autoridades responsables.
El 13 de septiembre de 2013, un servidor público trasladó al niño a las instalaciones del Sistema Municipal DIF de Huehuetoca, Estado de México, por alterar el orden en ese municipio “al encontrarse muy alterado y con olor a Resistol 5000”.
El 14 de septiembre fue trasladado a la estación migratoria de Toluca, donde le fue tomada una radiografía del brazo izquierdo por personal de la Cruz Roja de Toluca, ya que el menor dijo tener un golpe.
El médico responsable refirió que la lesión ameritaba intervención quirúrgica para fijar el cartílago del crecimiento de la muñeca del brazo izquierdo, ya que comprometía el crecimiento del radio en todos los ejes, pero por tratarse de una lesión no reciente se requería la intervención de forma urgente.
Asimismo, otro servidor público le realizó una valoración médica en la que concluyó que estaba en “buenas condiciones de salud”, omitiendo la indicación médica sobre el brazo.
El 26 de septiembre de 2013 se recibió, vía correo electrónico, una queja que señala que el día 14 de ese mes, un servidor público “jaloneó y gritó a un menor de edad en contexto de migración no acompañado, quien estaba alojado en la estación migratoria de Toluca”.
Ese mismo día, dicho funcionario ordenó el traslado del niño a la estación migratoria en Iztapalapa, Distrito Federal, con la finalidad que fuera alojado hasta que se resolviera su situación migratoria.
Durante su estancia en el recinto migratorio del Distrito Federal, el niño fue separado del resto de la población y encerrado por cinco días en una “celda” en el área de adultos, situación que fue corroborada por una autoridad responsable, quien indicó que tal medida obedeció al comportamiento “difícil” del agraviado.
Al ser entrevistado el 2 de octubre por un visitador adjunto de la CNDH, el infante relató que durante su recorrido por Chiapas, mientras viajaba en el tren, se resbaló de las escaleras de las que se sostenía y cayó en las vías, lastimándose el antebrazo izquierdo.
Ese día el visitador adjunto solicitó que el niño fuera enviado a un hospital, ya que el padecimiento requería atención urgente.
Sin embargo, al transcurrir 18 días del accidente sin atención médica, un especialista de traumatología y ortopedia del Hospital de Tláhuac declaró que ya se había formado un puente y callo óseo a nivel de la fractura del radio izquierdo.
Lo cual, abundó, originó una mala consolidación ósea, estableciéndose que el niño debió ser enviado al hospital inmediatamente después de ingresar a la estación migratoria en Toluca.
El expediente del menor fue resuelto el 8 de octubre de 2013, mediante retorno asistido, al ser trasladado a su país de origen seis días después.

