La Cámara de Diputados avaló tres dictámenes de reforma a la Constitución Política, principalmente en materia de derechos humanos y para garantizar la atención a víctimas.
También aprobó cambios a las leyes General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y Federal de Responsabilidad Ambiental, que establece el derecho de información ambiental.
La primera enmienda, que se aprobó con 445 votos y se remitió al Senado para su análisis y votación, adiciona un párrafo cuarto al apartado B del artículo 102 de la Constitución en materia de vigilancia del interés superior de niños y adolescentes
Al argumentar el dictamen, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia explicó que tiene como propósito velar por los derechos humanos y establecer en los organismos estatales en esa materia la aplicación del principio de “interés superior de las niñas, niños y adolescentes”.
La segunda reforma, aprobada 444 votos y que se envió a los Congresos estatales para su eventual aprobación, adiciona la fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para regular la atención a víctimas como materia concurrente y garantizar la atención integral a víctimas.
Se requiere que este dictamen sea avalado por la mitad más uno de los Congreso locales, para que se pueda dar la Declaratoria Constitucional por el Congreso Federal y posteriormente el Ejecutivo Federal la promulgue.
Al exponer el dictamen María Candelaria Ochoa Ávalos, diputada de Movimiento Ciudadano, explicó que esta reforma regula la atención a las víctimas para que se garantice su atención integral.
El pleno camaral también aprobó reformas al párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución y se adicionan los artículos 1-bis a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental en materia de protección al ambiente, la cual se avaló con el voto de 446 legisladores y se remitió al Senado.
Al presentar el dictamen, la diputada Isaura Ivanova Pool Pech refirió el derecho a la información ambiental, así como los principios internacionales para actualizar el marco normativo en esta materia y establecer las responsabilidades de cada sector.
Otra reforma que se aprobó con 436 votos y se envió al Senado es la reforma del artículo 102, apartado B, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autonomía de organismos estatales de derechos humanos.
El objetivo de esta modificación es que las constituciones de las entidades federativas establezcan y garanticen la autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios de los organismos de protección de los derechos humanos.
Para la designación de sus titulares, los congresos locales deberán abrir una convocatoria pública y los elegirán por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes. El proceso para su designación se hará a través de un mecanismo transparente, en términos de la ley.
En el artículo segundo transitorio se establece que las legislaturas de los estados tendrán un plazo de un año, contado a partir de su entrada en vigor, para armonizar su legislación conforme a lo establecido en el presente decreto.
Lía Limón García, del Partido Verde Ecologista de México, precisó que esta reforma busca dotar de más condiciones de autonomía a los organismos estatales de derechos humanos, al darles autonomía de gestión, con lo que se reduce la posible injerencia o control político de los gobernadores de las entidades federativas.

