La Asamblea Constituyente aprobó el artículo 21 de la Constitución Política de la Ciudad de México, relacionado con el ordenamiento territorial, en el que quedó establecido que los servicios públicos de agua y recolección y tratamiento de residuos sólidos no podrán ser privatizados. Fue aprobado con una votación de 85 en favor, dos en contra y cero abstenciones
El artículo 21 comprende los apartados: A. Medio ambiente; B. Gestión sostenible del agua; C. Regulación del suelo; D. Desarrollo Rural; E. Vivienda; F. Infraestructura física y tecnológica; G. Espacio público y convivencia social; H. Movilidad y accesibilidad; e I. Vulnerabilidad, resiliencia, prevención y mitigación de riesgos.
Para la discusión de este articulado, la Mesa Directiva recibió 94 reservas y para su tramitación se acordó el día anterior que hoy sesionara la Comisión de Desarrollo Sostenible y Planeación Democrática.
Tras una larga e intensa jornada de trabajo, la comisión logró integrar 31 de esas reservas, 23 fueron retiradas, siete no fueron aceptadas, 13 (sobre tres temas) fueron remitidas a la Mesa de Consulta para su análisis y 14 se mantuvieron para su discusión en el Pleno.
GESTIÓN SOSTENIBLE DEL AGUA
En un debate y votación destacada, diputados constituyentes de todos los grupos parlamentarios dieron su apoyo y se aprobó por 82 votos en favor, tres en contra y 4 abstenciones, que el servicio público de potabilización, distribución, abasto de agua y drenaje será prestado por el gobierno de la ciudad a través de un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica y de gestión, que coordinará las acciones de las instituciones locales con perspectiva metropolitana y visión de cuenca. Y quedó claramente establecido que este servicio no podrá ser privatizado.
En el mismo apartado quedó asentado que las autoridades de la Ciudad garantizarán la distribución diaria, continua, equitativa, asequible y sustentable del agua, con las características de calidad que se establezcan. Asimismo, se estableció que se abastecerá el agua sin cargos a las viviendas en zonas urbanas que carezcan de conexión a la red pública.
A pesar de que el diputado Jaime Cárdenas, del grupo parlamentario Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), y su compañera Irma Eréndira Sandoval se manifestaron en contra por considerar que el tema de saneamiento del agua no fue incluido y que al quedar como organismo descentralizado pueda ser privatizado, el coordinador de Morena, el diputado Bernardo Bátiz pidió abandonar actitudes timoratas y no tener miedo al futuro, toda vez que quedó claramente establecido que ni la potabilización, distribución, abasto del agua y drenaje podrán ser privatizados.
El diputado del grupo parlamentario Constitucionalista Porfirio Muñoz Ledo se congratuló por el consenso alcanzado entre todos los partidos en cuanto a la prohibición de la privatización de este servicio público. “Todos hemos ganado”, dijo.
También en favor de esta parte del articulado, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), César Camacho Quiroz, aseguró que el derecho humano al agua no está a discusión y que no basta que se incluya en el catálogo de la Carta de Derechos. El priísta propuso la incorporación de que el organismo público encargado del servicio tuviera personalidad jurídica y patrimonio propio y dijo comprometerse a que en un apartado pendiente del dictamen de Carta de Derechos se establezca que la gestión del agua será pública y sin fines de lucro.
En pro se manifestó también la diputada del PRD Dolores Padierna al destacar voluntad política de todos los partidos de la Mesa de Consulta para alcanzar consensos. Enfatizó los temas importantes que contiene el apartado al establecer la garantía de la distribución y abasto del agua, la obligación de reducir fugas, acceso garantizado al líquido para beber en espacios públicos y el establecimiento de una política hídrica.
El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Santiago Creel, coincidió con el presidente de la Mesa Directiva, quien en los trabajos que realizó hoy la Mesa de Consulta destacó el carácter estratégico de la distribución, abasto y desalojo del agua para la gobernabilidad de la ciudad. Destacó que si bien el agua es un bien público y no debe privatizarse, también se dejó abierta la posibilidad de la participación privada en el saneamiento de las aguas residuales.
Por su parte, Hugo Eric Flores, del Partido Encuentro Social (PES), subrayó que se haya acordado que el organismo público responsable del servicio del agua tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, pues en las condiciones que se encuentra el actual organismo el servicio del agua no tiene viabilidad. No queremos un organismo que no cumpla con el derecho que todos los capitalinos tenemos al agua, dijo.
Alejandro Chanona, de Movimiento Ciudadano (MC) aseguró que el agua no es negocio y que la experiencia internacional ha demostrado que no han sido exitosas las experiencias privatizadoras.
En este apartado se aprobó que se establecerán tarifas diferenciadas y progresivas de acuerdo al consumo; reducción de las pérdidas por fugas en las redes de distribución, para lo cual será prioritario invertir en la renovación, mantenimiento y reparación de la infraestructura hidráulica; la promoción de la captación de agua pluvial, el tratamiento y reutilización de aguas para su uso y para revertir la sobreexplotación de los acuíferos; la elaboración y aplicación de un plan de infraestructura para el aprovechamiento, tratamiento y preservación del agua, así como para la captación y uso de aguas pluviales y la recuperación de los acuíferos; y el acceso gratuito al agua potable para beber en espacios públicos.
Además, se incorporó que se garantizará el uso de materiales favorables para la captación de agua en la construcción, rehabilitación de espacios públicos y obras de pavimentación. Quedó asentado además que las actividades económicas no podrán comprometer en ningún caso la satisfacción de las necesidades de uso personal y doméstico del agua. Para lo cual se promoverá el uso eficiente, responsable y sustentable del agua en las actividades económicas y se regulará el establecimiento de industrias y servicios con alto consumo en la capital.
La educación y cultura de cuidado del agua, también forma parte de este artículo y señala que el gobierno de la ciudad impulsará en todos los niveles educativos, la cultura del uso y cuidado del agua. Y se establece que todos aquellos que contaminen o desperdicien este bien, serán sancionados conforme a las leyes.
MEDIO AMBIENTE
Al continuar la sesión plenaria, los constituyentes aprobaron que las autoridades prestarán de manera exclusiva y gratuita los servicios de barrido, recolección, transportación y destino final de los residuos sólidos. Además, que el tratamiento, aprovechamiento y manejo de los residuos sólidos, se desarrollarán con base en los mecanismos que las leyes permitan. Y dejaron en claro que queda prohibida la privatización y concesión de los servicios públicos de recolección y tratamiento de residuos sólidos. A propuesta de la Mesa de Consulta se agregó que el gobierno de la Ciudad deberá adoptar las tecnologías que permitan el manejo sustentable de los residuos sólidos.
Las autoridades llevarán a cabo las medidas de prevención y reducción de la generación de residuos sólidos, de manejo especial y de materiales peligrosos, así como su gestión integral de manera concurrente con los sectores social y privado, para evitar riesgos a la salud y contaminación al medio ambiente. En el texto se destaca que quienes generen residuos serán corresponsables de su gestión integral y de la remediación de los sitios contaminados
Se establece que la Ciudad de México integrará un sistema de áreas naturales protegidas cuya administración, vigilancia y manejo será responsabilidad directa del titular de la Jefatura de Gobierno en coordinación con las alcaldías, la Federación, estados y municipios conurbados. Se decreta la creación de un organismo público, que contará con participación ciudadana, y estará sujeto a los principios, orientaciones, regulaciones y vigilancia que establezcan las leyes capitalinas en materia ambiental.
En este artículo se otorga protección especial a los seres sintientes ya reconocidos en la Constitución en el artículo 18, es decir, a los animales. Y se mandata que las leyes garantizarán su protección para las presentes y futuras generaciones. Se prohíbe la deforestación, la destrucción de humedales y la contaminación de aire, agua, suelo, acústica, visual, lumínica y cualquier otra.
En este mismo numeral se establece que el gobierno fomentará el abandono del uso de productos no biodegradables, no reciclables y de alto impacto al medio ambiente. Se destaca que el daño o deterioro ambiental genera responsabilidad, quienes los provoquen están obligados a la compensación y reparación integral del daño, sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que se establezcan.
REGULACIÓN DEL SUELO
En el apartado C quedó asentado que el gobierno regulará la gestión de cambios de uso de suelo con la participación del Congreso en los casos de alto impacto. Se señala que la ley secundaria definirá los procedimientos para las modificaciones a los usos de suelo solicitados por un particular. Y en todos los casos el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva habrá de integrar un expediente para dictamen, con la opinión de las alcaldías.
Los cambios de uso de suelo se regirán por los principios de transparencia y máxima publicidad. Y se obliga a la autoridad a informar oportunamente a la comunidad afectable.
Se adicionó que la ley establecerá sanciones penales para aquellas personas servidoras públicas que otorguen permisos, licencias o autorizaciones cuyo contenido sea violatorio de las leyes o programas de ordenamiento territorial.
Quedó establecido que el gobierno de la ciudad es responsable de administrar y gestionar el suelo para garantizar la distribución equitativa de las cargas y los beneficios del desarrollo urbano, el desarrollo incluyente y equilibrado, el ordenamiento sustentable del territorio de la ciudad y, en forma concurrente, del entorno regional.
Por una reserva del diputado panista Roberto Gil Zuarth, quedó pendiente de resolver su petición para eliminar el numeral 4 apartado C relativo al interés público en las obras urbanas, públicas o privadas, proyectos y megaproyectos para evitar que su realización excluya y expulse a sus residentes, con énfasis en los de menor ingreso, y que no provoquen afectaciones urbanas, ambientales y de la movilidad, al patrimonio natural y cultural, y a los bienes comunes y públicos.
También se resolverá con posterioridad su reserva para eliminar el numeral 7, inciso d) sobre los mecanismos para evitar prácticas especulativas en los cambios de uso del suelo; su tercera reserva quedó en la misma situación, y es relativa a que en el numeral 9 se elimine la frase “con fines de especulación”, en lo referido a los gravámenes a la propiedad inmobiliaria ociosa.
Se incluyó evitar la expansión sobre áreas de conservación y de patrimonio natural y se fomentará el mejoramiento y la producción de viviendas adicionales en predios familiares ubicados en pueblos, barrios y colonias populares, en apoyo a la densificación, la consolidación urbana y el respeto al derecho de las personas a permanecer en los lugares donde han habitado, y hacer efectivo así el derecho a la vivienda.
Se estableció que, entre otros aspectos, la regulación de cambio de uso de suelo considerará mecanismos para evitar prácticas especulativas.
Fue incorporado que la ley establecerá los mecanismos para adquirir derechos de edificación adicionales y se aplicarán prioritariamente en la zona de influencia siempre que no se rebasen los límites máximos que fijen los mismos programas en función de las características de la zona de que se trate.
Otro de los pendientes es el relacionado con el segundo párrafo del numeral 8, que refiere a la obligación de los desarrollos inmobiliarios a la compensación y mitigación de impactos urbanos y ambientales, y a contribuir a mejorar el equipamiento, infraestructura y espacio público de la ciudad, especialmente en sus zonas de influencia. La ley establecerá los mecanismos administrativos, regulatorios y fiscales para ello, bajo un esquema de transparencia, rendición de cuentas y escrutinio público
Los desarrollos inmobiliarios en la ciudad estarán obligados a la compensación y mitigación de impactos urbanos y ambientales. Este asunto fue remitido a la Mesa de Consulta para su análisis.
DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA URBANA
El apartado D del artículo 21, titulado Desarrollo rural y agricultura urbana, establece que las zonas rurales de la Ciudad serán protegidas y conservadas como parte de la funcionalidad territorial y el desarrollo, promoviendo un aprovechamiento racional y sustentable; se preservarán el equilibrio ecológico, los recursos naturales y los servicios ambientales que prestan; se diseñarán políticas para conciliar el interés productivo y medioambiental.
El gobierno de la ciudad, señala el documento, promoverá, con perspectiva de género, el desarrollo rural, la producción agropecuaria, agroindustrial, silvícola, acuícola y artesanal; además de proyectos de turismo alternativo en apoyo de los núcleos agrarios y la pequeña propiedad rural.
En el aprovechamiento productivo se fomentará el desarrollo de la agroecología, se protegerá la diversidad biológica, principalmente del maíz; se impedirá el uso de productos genéticamente modificados y se favorecerá el desarrollo de la agricultura orgánica.
Se aplicará el principio precautorio a las actividades y productos que causen daño a los ecosistemas, a la salud y a la sociedad.
VIVIENDA
El apartado E destaca la creación de un organismo público descentralizado que ejecutará una política de vivienda acorde con el ordenamiento territorial, el desarrollo urbano y el uso del suelo.
Se procurarán construcciones adecuadas para la población de menores ingresos; se establecerán programas que cubran a sectores sociales con carencias habitacionales; se asegurará que las políticas contemplen la vivienda nueva terminada, la progresiva, el mejoramiento y consolidación de las que están en proceso, así como el mantenimiento y rehabilitación y adaptación para personas con discapacidad.
El documento señala que es de interés público la promoción, recuperación y reciclaje de inmuebles en riesgo estructural, físico y social, en abandono o en extrema degradación para el desarrollo de vivienda, preferentemente popular de interés social.
Se adoptarán medidas que contribuyan a la sustentabilidad ambiental; para promover la cohesión social el Gobierno de la Ciudad deberá inhibir la exclusión y segmentación social en las colonias; se establecerán mecanismos que promuevan la vivienda de arrendamiento pública, social y privada; en los casos que requieran el desplazamiento por razones de interés público, se indemnizará y reubicará inmediatamente a sus residentes en lugares seguros, cercanos y en condiciones iguales o mejores a la vivienda de origen.
El texto constitucional señala que el gobierno de la ciudad protege y apoya la producción social de la vivienda y del hábitat que realizan sus habitantes en forma individual u organizada, sin fines de lucro.
INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y TECNOLÓGICA
En materia de Infraestructura física y tecnológica, el apartado F establece, en su primer numeral, que el Plan General de Desarrollo y el Programa General de Ordenamiento Territorial, integrarán previsiones a largo plazo para la construcción, instalación, mantenimiento, reposición, ampliación o actualización de la infraestructura física y tecnológica de la ciudad. El Plan General de Desarrollo precisará diversos aspectos en materia de infraestructura como los criterios de accesibilidad y diseño universal para mejorar las condiciones de equidad, las medidas necesarias para que las tarifas de los servicios públicos sean accesibles y progresivas en función del consumo.
En materia del acceso a las Tecnologías de Información y Comunicación para la ciudadanía, dentro del apartado B, en su numeral 6, se establece que las autoridades facilitarán a sus habitantes el acceso a la tecnología, en condiciones de eficiencia, calidad y alta velocidad que permitan consolidar una ciudad digital con acceso universal, equitativo, asequible y progresivo.
También se establece la creación de un Sistema Público de Radiodifusión de la Ciudad de México, el cual será promotor del conjunto de derechos que gozan sus habitantes y tendrá por objeto garantizar el derecho a la información y comunicación. Será operado por un organismo público descentralizado, contará con un Consejo de Administración, un Consejo Consultivo Ciudadano de Programación y una persona titular de la Dirección General.
ESPACIO PÚBLICO Y CONVIVENCIA SOCIAL
En el apartado G se establece que la Ciudad de México asume la defensa y desarrollo del espacio público, y será obligación de las autoridades garantizar la accesibilidad y diseño universal, seguridad y protección civil, sanidad y funcionalidad para su pleno disfrute.
En este apartado se contempla que las calles, banquetas, plazas, bosques urbanos, parques y jardines públicos, así como los bajo puentes son el componente fundamental de la convivencia, la expresión ciudadana y la cohesión social. Y en la ciudad será prioridad la creación, recuperación, mantenimiento y defensa de los espacios públicos y de convivencia social. Para ello, se garantizará su rescate, mantenimiento e incremento progresivo.
Se establece que las personas están obligadas a respetar y contribuir a la conservación de los espacios públicos y áreas verdes.
El diseño y gestión de los espacios públicos deberán estar en armonía con la imagen y el paisaje urbano. Su diseño se regirá por las normas de accesibilidad y diseño universal. Además se regulará y evitará la contaminación visual, acústica o ambiental provocada por cualquier publicidad o instalación de servicios.
Se establece que el gobierno de la ciudad, de acuerdo de con la ley, impedirá la ocupación privada de los espacios públicos, vías de circulación y áreas no urbanizables.
A propuesta de la diputada Patricia Ruíz Anchondo (Morena) se eliminó el numeral que establecía la creación de ente público responsable del desarrollo, regulación, mantenimiento y vigilancia del espacio público.
MOVILIDAD Y ACCESIBILIDAD
En el apartado H la Constitución establece que la Ciudad garantizará la movilidad de las personas en condiciones de máxima calidad a través de un sistema integrado y multimodal de transporte, que atienda las necesidades sociales y ambientales.
Añade que en la movilidad se dará prioridad y preferencia, en jerarquía, a peatones, en especial personas con discapacidad; formas de movilidad no motorizada; usuarios del transporte público; a vehículos privados automotores en función de sus emisiones y al transporte de carga. Este último contará con restricciones a su circulación.
Las autoridades de la ciudad, dice el texto constitucional, desarrollarán políticas de movilidad, impulsando la transición gradual hacia patrones donde predominen formas de movilidad colectivas, no motorizadas y peatonales. A propuesta de la diputada del PAN, Mariana Gómez del Campo, se agregó patrones motorizados no contaminantes, así como con base en nuevas tecnologías.
También se privilegiará el desarrollo del transporte público colectivo; se estimularán el uso de vehículos no contaminantes y la creación de infraestructura conectada y segura para peatones y ciclistas.
Se establece además que el gobierno de la ciudad autorizará y regulará la prestación de servicios públicos de transporte de personas por particulares y las tarifas correspondientes.
Para las autorizaciones o concesiones para el servicio de transporte público colectivo quedó establecido que sólo podrán ser otorgadas a empresas sociales y particulares, con operadores con salarios y prestaciones de ley. Las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Constitución, seguirán vigentes y sus titulares tienen derecho a la renovación.
VULNERABILIDAD, RESILIENCIA, PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE RIESGOS
Dentro del apartado I se retoma la importancia de la vulnerabilidad, resiliencia, prevención y mitigación de riesgos en la Ciudad de México, garantizando la seguridad de las personas, a través de medidas de prevención, mitigación y gestión integral de riesgos. Se establece la importancia de la información sobre riesgos para la población en formatos accesibles para todos, mediante la elaboración de diagnósticos y atlas de riesgos.
También se incluye la realización de programas participativos de reubicación de las personas y familias de escasos recursos que habiten en zonas y edificaciones de riesgo en condiciones que compensen sus pérdidas patrimoniales y estableciendo los mecanismos necesarios para garantizar dichas compensaciones en los casos de responsabilidad de las empresas inmobiliarias.
Para el caso de situaciones de emergencia o desastre, en el Art. 21 apartado I, numeral 1, inciso e), se garantizará la seguridad pública, implementando medidas que tomen en cuenta todas las características de la población. Y a través de un órgano público garante de la gestión integral de riesgos, se establece el diseño y ejecución de la preparación y respuesta para la reducción del riesgo, fortaleciendo el cuerpo de primera respuesta.

