ALEJANDRO LELO DE LARREA
GRUPO CANTÓN

Es loable la postura del presidente Andrés Manuel López Obrador de pretender transparentar al máximo la información
del Gobierno de México. Pero hasta el Presidente tiene límites.

Los servidores públicos pueden hacer solamente lo que la ley les permite expresamente.

Un par de ejemplos: López Obrador ordenó que se hagan públicos los audios de la última conversación entre la torre de
control y el piloto del helicóptero que se desplomó y donde murió la gobernadora de Puebla, en diciembre pasado.

Pero él mismo reconoce: “A lo mejor la norma no lo permite”.

En general, las leyes establecen que cuando se trata de una investigación en curso, en principio la
información se debe reservar por al menos cinco años. Es lo que hizo la SCT.

Esta información es susceptible de hacerse pública cuando se concluye la investigación o cuando el expediente, si es el
caso, se consigna ante un juez.

El otro ejemplo: los expedientes de la Dirección Federal de Seguridad y del Centro de Investigación y Seguridad
Nacional (Cisen) resguardados en el Archivo General de la Nación (AGN).

Los Reglamentos de archivo de las dependencias obligan a que resguarden los expedientes en sus instalaciones entre 5 y
10 años, antes de ser enviados al AGN.

Pero hay casos mas complejos: quizás ahí exista información reservada, y tal vez las atribuciones del Presidente no alcanzan emitir un decreto que la desclasifique.

Para el caso de los temas de seguridad nacional no está fácil. Por cierto, la información de
la DFS y el Cisen está en miles de cajas, sin sistematizar, y realizar esta labor para
poderla consultar, nos dicen, podría llevarse al menos un año.

La voluntad política tiene límites.