Luis Serieys Zárate
28/03/2020
Ciudad de México
A pesar de tener una enfermedad grave como es la epilepsia y en contra de toda propuesta del Sector Salud y del Presidente López Orados para evitar contacto de enfermos graves con el COVID19 por su alto riesgo, el IMSS obliga a doctora a laborar.
De acuerdo con el acuerdo publicado el 24 de marzo por la Secretaría de Salud, es la propia dependencia la que interpreta los casos no previstos y el formato realizado pore el IMSS no incluye la epilepsia como enfermedad de riesgo con el COVID19.
Eso lleva a que a la doctora Ingrid Estela Soto González, médico cirujano plástico en el hospital de Ortopedia de la Unidad Médica de Alta Especialidad “Doctor Victorio de la Fuente Narvaez” del IMSS se vea obligada a laborar con un alto riesgo si se contagia.
Explica su hermana que en el año 2018 se le diagnosticó Epilepsia por médico neurólogo del Instituto Mexicano del Seguro Social, y actualmente se encuentra en tratamiento farmacológico, a pesar de lo cual el neurólogo de su hospital no la valoró esta semana, su director no la atendió y su jefa de servicio sólo le dijo que tenía que seguir laborando porque su enfermedad no está en el formato que hizo el IMSS.
Ingrid Estela Soto González es médico cirujano plástico, trabaja en el Hospital de Ortopedia de la Unidad Médica de Alta Especialidad «Doctor Victorio de la Fuente Narváez» del IMSS.
Sobre este particular, el Presidente de la República instruyó que a personas con enfermedades crónicas que los hagan vulnerables a presentar un estado de gravedad e incluso la muerte, se les suspenda de su actividad laboral para que permanezcan en casa, en esta situación de emergencia epidemiológica por el virus COVID-19, mismo que el Consejo de Salubridad General lo calificó como enfermedad grave el pasado 19 de marzo.
El día 25 de marzo entró en vigor el «ACUERDO POR EL QUE:-SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS QUE SE DEBERÁN IMPLEMENTAR PARA LA MOTIVACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS PARA LA SALUD QUE IMPLICA LA ENFERMEDAD DEL VIRUS SARS-CoV2 (COVID-19)».
Ingrid acudió el día 25 de marzo con la doctora Ruth Martinez Martinez, titular del departamento de Servicios de Prevención y Promoción para la Salud de los Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social del Hospital de Ortopedia «Doctor Victorio de la Fuente Narváez», para solicitarle por escrito la suspensión de sus labores dado que Ingtid padece de epilepsia.
La doctora Ruth Martinez se negó a recibir la petición por escrito de Ingrid, lo que vulnera el artículo 8 de la Constitución Federal en relación al derecho de petición.
Entonces Ingrid se dirige por escrito al Director del Hospital de Ortopedia «Doctor Victorio de la Fuente Narváez» pidiendo su intervención para la suspensión de sus labores.
Asimismo, el 25 de marzo Ingrid entregó en el servicio de Prevención y Promoción para la Salud de los trabajadores del IMSS, a la doctora Ruth Martinez el Formato de Suspensión de Labores para solicitar la suspensión de su actividad laboral.
El día 26 de marzo la doctora Axeneth Maza Flores jefa inmediato de Ingrid le regresó el formato antes mencionado, y de manera verbal le dijo que la doctora Ruth Martinez no la iba a valorar porque en el formato que las autoridades directivas del Hospital de Ortopedia «Doctor Victorio de la Fuente Narváez» del IMSS no incluye a la epilepsia para la suspensión de actividades, y además la epilepsia no da COVID-19.
Tanto la doctora Ruth Martinez como el Director Médico doctor Jorge Olivares Gutiérrez se han negado a darle atención a Ingrid y a darle una respuesta por escrito, solamente a través de la doctora Axeneth Maza le dijeron que la Epilepsia no es una enfermedad por la que procede la suspensión de labores en esta emergencia epidemiológica por el virus COVID-19.
Ingrid Estela Soto González dirigió un escrito al secretario de Salud, doctor Jorge Alcocee Varela, para que en el ámbito de sus atribuciones y facultades constitucional y acordé a la Ley General de Salud e incluso el artículo quinto del Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 24 de marzo pues establece que corresponde a la Secretaria de Salud la interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo, así como los casos no previstos en el mismo.
La doctora Ingrid Soto González hace un llamado a las autoridades de salud para que se analice su caso, y la protejan del riesgo para la salud que implica la enfermedad del virus COVID-19 y valoren que está en una situación vulnerable por la epilepsia que padece.
Y que se le consagre su derecho humano de protección a la salud y a la vida.
serieys@hotmail.com

