La Senadora Adriana Jurado Valadéz dijo que el Grupo Plural presentó al Senado de la República un Punto de Acuerdo en el que respuetuosamente se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo Federal para conservar y fortalecer la naturaleza jurídica de la Secretaría Ejecutiva y del SIPINNA, así como que se designe a su titular a través de un proceso participativo.

Destacó que la reforma constitucional del 2011 en materia de derechos incluyó el principio del interés superior de la niñez, por lo cual en el 2014 fue promulgada la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), que hizo suyos los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificado por México en 1999.

Explicó que el SIPINNA es un mecanismo de coordinación y colaboración interinstitucional de 32 entidades de la República y el 76% (1855) de los municipios del país, para la protección integral a más de 38 millones de personas de 0 a 17 años.

El Punto de Acuerdo que fue enviado a la Comisión de Derechos de la Niñez y la Adolescencia, fue suscrito por la Senadora Jurado Valadéz, así como por las Senadoras Nancy de la Sierra Arámburo y Alejandra León Gastélum, y los Senadores Gustado Madero Muñoz, Germán Martínez Cázares y Emilio Álvarez Icaza Longoria.

Jurado Valadéz señaló que el SIPINNA, adscrito a la Secretaría de Gobernación, sin personalidad jurídica, sin presupuesto propio y sin autonomía de gestión, técnica o presupuestal, ha realizado importantes esfuerzos para atender las problemáticas de urgente atención de niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta que el 10.6% de la población menor de 18 años vive en situación de pobreza extrema.

“Siendo mayor para el grupo de 6 años (11.8%), seguido de 6 a 11 años (10.2%) y del grupo de 12 a 17 años (10.1%). “El 26.3% de las niñas, niños y adolescentes se encontraban en condición de carencia alimentaria. La población de niñas, niños y adolescentes indígenas con carencia por acceso a la alimentación era de 13% mayor que el resto de la población de niñas, niños y adolescentes”.

La Senadora por el Estado de Aguascalientes comentó que el Grupo Plural hace suyas las preocupaciones de organizaciones de la sociedad civil y de defensoras y defensores de derechos humanos, por la intención presidencial de desaparecer el SIPINNA para trasladarlo al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (Sistema Nacional DIF). “Al respecto, es importante precisar que ambos organismos tienen atribuciones específicas y diferenciadas, por lo que no es viable, ni legal, ni ética, ni social, ni políticamente, que uno absorba al otro”, puntualizó.

“La Secretaría Ejecutiva del SIPINNA no duplica funciones con el Sistema Nacional DIF. El SIPINNA, como colegiado nacional toma las decisiones que se deben implementar en favor de los derechos de todas y todos los niños y adolescentes en los tres órdenes de gobierno (no solo para quienes viven vulneración), lideradas por parte del gabinete federal y los ejecutivos estatales (como integrantes del SIPINNA), y cuenta con una Secretaría Ejecutiva que coordina técnicamente a integrantes del Sistema y tiene relación directa con cada una de las autoridades responsables, para la atención de todos los derechos, incluyendo al DIF Nacional”, puntualizó.

E indicó que el DIF Nacional es un organismo público descentralizado que se rige por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, con patrimonio y personalidad jurídica propios y específicos para coordinar el Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada.

Jurado Valadéz mencionó que la labor del SIPINNA va más allá de la asistencia social y de la restitución de derechos, “pues implica la coordinación de políticas educativas, laborales, de salud, cultura y recreación, entre otras, de carácter universal. Por lo que realizar una subordinación de la Secretaría Ejecutiva del SIPINNA al Sistema Nacional DIF claramente reducirá el carácter transversal, intersectorial, interinstitucional e intergubernamental del Sistema y al mismo tiempo generaría una sobrecarga en las funciones del Sistema Nacional DIF”.