La titular del juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, Paloma Xiomara González González concedió un amparo que ordena dejar sin efecto el auto de vinculación a proceso por el delito de asociación delictuosa relacionado con el Cartel Inmobiliario a Sofía Soraya Von Roehrich de la Isla.
La impartidora de justicia determinó que en las investigaciones se vulneraron los derechos en perjuicio de la hermana del ex delegado en Benito Juárez, Christian Von Roehrich, los derechos fundamentales de debido proceso y defensa, por ello procedió a conceder el amparo y protección de la Justicia Federal.
Este sería el segundo punto en favor de la mujer, quien actualmente se encuentra en prisión domiciliaria, ya que apenas el 25 de mayo obtuvo una suspensión definitiva con la que se le ordenó a la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México no compartir datos personales sobre su presunta relación en un posible caso de corrupción inmobiliaria
La titular del juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en Ciudad de México, ordenó la reposición del proceso a partir de que se formuló la imputación.
El Maestro Luk Justino Roque Ramírez, Juez de Control del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Nueve, dejó parcialmente insubsistente la audiencia inicial, prevaleciendo el pronunciamiento respecto a la aprehensión. Ordene la reposición del procedimiento a partir de la formulación de imputación, para el efecto de que el Ministerio Público la formule atendiendo a las consideraciones expuestas en la presente ejecutoria; después de ello deberá cuestionar a la imputada si la entendió y si desea o no declarar”.
Agregó que, en los argumentos vinculatorios, la representación social en el momento que lo solicite, deberá fundar y motivar la vinculación a proceso, exponiendo oralmente (argumentos y explicaciones) de los datos de prueba con los que considera que se establece el hecho que la ley señala como delito y la probabilidad de que la imputada lo cometió o participó en su comisión; luego la imputada decidirá en qué momento quiere se resuelva su situación jurídica.
González González, señaló que dicho actuar se traduce en la inobservancia al debido proceso, puesto que obstaculizó la posibilidad de la imputada a ejercer una adecuada defensa, dado que no tuvo la oportunidad de desvirtuar esos argumentos vinculatorios ya que no los conoció, pues el fiscal debió solicitar la vinculación a proceso exponiendo motivadamente los datos de prueba con los que consideraba se acreditaba el hecho con apariencia del delito de asociación delictuosa y la probable intervención de Sofía Soraya Von Roehrich.
Con información de Excélsior

