El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió por mayoría que no se acreditó violencia política por parte de Juana Carrillo Luna, presidenta municipal de Cuautitlán, en contra del alcalde de Teoloyucan, Luis Domingo Zenteno Santaella, derivado de un conflicto intermunicipal por límites territoriales. La denuncia presentada por Zenteno señalaba uso de fuerza física y psicológica, así como expresiones que, a su juicio, menoscababan su imagen pública.
Tres de las cinco magistraturas votaron por no acreditar violencia política; sin embargo, la magistrada presidenta, Dra. Arlen Siu Jaime Merlos, se apartó de la resolución al considerar que sí existieron conductas que vulneraron la integridad del alcalde. Argumentó que expresiones como “pidió casi de rodillas la candidatura” y “no se olvide doctor Luis que, gracias a mí, usted es presidente municipal porque lo apoyamos y lo subimos a la mesa” configuran violencia política, pues este tipo de conductas también pueden actualizarse de mujeres hacia hombres. El magistrado Héctor Romero Bolaños también votó en contra, aunque por considerar que el TEEM no es competente para conocer este tipo de asuntos.
En la misma sesión, el Tribunal resolvió que los perfiles de Facebook “Amigos de ASC” y “Descubriendo el lado oscuro de Ameca” cometieron violencia política en razón de género contra la entonces candidata de Morena a la presidencia municipal de Amecameca, al publicar expresiones que constituyen violencia sexual y simbólica. Se ordenó inscribir dichos perfiles por tres años en el registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres, tanto en el IEEM como en el INE.
Asimismo, el TEEM revocó una resolución de improcedencia emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, derivada de una queja intrapartidaria promovida por Juan José Olivas Islas, ciudadano de Naucalpan. El Tribunal determinó que la comisión no cumplió con los principios de exhaustividad, congruencia y fundamentación, por lo que deberá emitir una nueva resolución.
En total, el Pleno resolvió 16 juicios de la ciudadanía local, dos procedimientos sancionadores ordinarios y un procedimiento especial sancionador, reafirmando su papel como garante de los derechos político-electorales y del principio de legalidad en los procesos internos y externos.

