La senadora Claudia Edith Anaya Mota, del Partido Revolucionario Institucional, presentó una iniciativa para reformar el artículo 10 de la Ley General de Salud, con el propósito de regular la objeción de conciencia del personal sanitario y evitar que su ejercicio se traduzca en la negación de servicios médicos a la población. La propuesta establece límites precisos para garantizar la vida, la salud y la integridad de las personas, atendiendo los criterios fijados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación tras declarar inconstitucional el artículo 10 Bis, incorporado en 2018, por carecer de salvaguardas y poner en riesgo el acceso efectivo a la atención médica.

Anaya explicó que la nueva redacción impide la procedencia de la objeción de conciencia en casos de urgencia, riesgo para la vida, la salud o la integridad del paciente, así como en supuestos de ejercicio colectivo o institucional. Además, obliga a garantizar la disponibilidad de personal médico y de enfermería, la remisión inmediata del paciente y la creación de mecanismos administrativos, incluyendo un registro confidencial de objetores, sin afectar derechos laborales.

La legisladora subrayó que la objeción de conciencia es un derecho vinculado con la libertad de pensamiento, conciencia y religión, reconocido a nivel constitucional e internacional, pero su ejercicio no puede vulnerar el derecho humano a la protección de la salud, especialmente en situaciones críticas. La propuesta busca equilibrar la libertad de conciencia del personal sanitario con el derecho de las personas a recibir atención médica, con énfasis en mujeres, personas gestantes y grupos vulnerables. “La objeción de conciencia no puede convertirse en un obstáculo para el acceso a la salud; el Estado tiene la obligación de garantizar ambos derechos”, concluyó.