Por mayoría de siete votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) facultó a jueces para que se ordena la entrega de actas de nacimiento provisionales, en juicios de amparo relacionados con la adopción, para protección de los derechos de las personas menores de edad, en lo que se resuelven sus procesos.

En la sesión de este miércoles se votó el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, sobre una contradicción de criterios, en el que se planteó que esta medida busca salvaguardar los derechos de identidad, salud y educación, además de protegerlos de delitos como la trata de personas y el trabajo infantil.

En Tlaxcala, un Tribunal Colegiado consideró procedente expedir el acta de nacimiento provisional, para la protección de un menor; sin embargo, un Colegiado de la Ciudad de México negó esta posibilidad, por no señalar al Registro Civil como autoridad responsable y porque se anticipaba la resolución del juicio.

En su proyecto, el ministro ponente Guerrero García planteó que, al conceder la entrega del documento no se prejuzga sobre el fondo del juicio, que en algunos casos se llega a prolongar hasta por tres años, y sí garantiza de manera inmediata los derechos de niñas y niños, independientemente de formalismos procesales.

“Uno, sirve para proteger los derechos de las personas menores de edad; dos, es necesaria, porque no existe otra opción menos restrictiva que garantice lo mismo; y tres, es proporcional, ya que no afecta de manera excesiva al orden jurídico ni adelanta la decisión final en el juicio”, explicó el ministro ponente.

“En esta situación de acogimiento preadoptivo, el niño o la niña pueden estar, incluso, tres años en los que ya están en esa situación y no los puedes inscribir ni a la escuela y muchas cosas. Sí hay una discriminación y restricción de derechos”, consideró la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien se pronunció a favor del proyecto.

También manifestó su apoyo la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien dijo que el acta de nacimiento garantiza asegura los derechos, formalizar su existencia legal, preservar su vínculo familiar en procesos de adopción y protege a los menores frente a delitos.

La ministra Lenia Batres Guadarrama, quien votó en contra junto con su colega Irving Espinosa Betanzo, calificó como incorrecto invocar el derecho a la identidad, debido a que los menores en proceso de adopción ya cuentan este documento.

“La coexistencia de dos actas de nacimiento, por el contrario, podría generar incertidumbre respecto de su situación filial y jurídica, lejos de proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes. Adicionalmente, la expedición de un acta de nacimiento provisional tendría como efecto anticipar los efectos de la sentencia de fondo”, dijo la togada.