La Comisión Ambiental de la Megalópolis informó esta tarde la activación de la Fase 1 de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

El organismo informó que la decisión se tomó luego del fortalecimiento de un sistema de alta presión en el centro del país que ocasiona viento débil en superficie y escasa dispersión de contaminantes debido a la estabilidad atmosférica; además de que presentan altas temperaturas y mayor radiación solar.

«Hoy a las 16:00 horas, se registró un valor de 162 puntos en el Índice de Calidad del Aire (166 ppb) en la estación Pedregal, Delegación Álvaro Obregón. Para mañana, el Pronóstico de Calidad del Aire de la Ciudad de México indica que las condiciones continuarán desfavorables para la dispersión de los contaminantes”, detalló la Comisión Ambiental en un comunicado.

Por lo que este jueves deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas:

  • Todos los vehículos con holograma de verificación 2; así como los vehículos con placas formadas exclusivamente por letras y sin holograma de verificación.
  • Todos los vehículos con holograma de verificación 1, terminación de placa de circulación NON y todos los vehículos con engomado de color verde, terminación de placa de circulación 1 y 2.
  • Los vehículos sin holograma de verificación o con placas formadas por letras no circulan.
  • Todos los vehículos automotores de servicio particular con placas de circulación del extranjero o de otras entidades federativas que no porten el holograma de verificación “00”, “0” o Exento, serán considerados como holograma de verificación 2, por lo que deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
  • Todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa federal o local, deberán de acatar la restricción a la circulación de las 06:00 a las 10:00 horas.
  • Todos los vehículos de reparto de gasolina, diésel y gas licuado de petróleo con holograma 1 y 2 terminación de placa de circulación NON deberán suspender su circulación de las 5:00 a las 22:00 horas.
  • La industria de competencia federal (a través de PROFEPA) y local (a través de PROPAEM o DGVA-SEDEMA) que se encuentre ubicada en la ZMVM que tengan procesos que emitan precursores de ozono sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% de su línea base, de manera inmediata a la declaratoria de la Fase I de Contingencia.
  • Asimismo, aquellas industrias y establecimientos de servicio que utilicen productos que contienen compuestos orgánicos volátiles (COVs) para limpieza o desengrase y que no cuentan con control de emisiones, deberán suspender sus actividades.
  • Todos los establecimientos de servicios con excepción de hospitales, que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono, deberán reducir la operación de sus calderas en un 30%.
  • La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) vigilará que el 20% de las estaciones de carburación de Gas LP y las plantas de distribución de Gas LP, suspendan sus actividades de 5:00 a 22:00 horas, de acuerdo con el número de identificación con terminación NON (Grupo 1).
  • La ASEA fortalecerá la vigilancia del cumplimiento de la NOM-EM-002-ASEA-2016, de Sistema de Recuperación de Vapores en estaciones de servicio.