La ministra Lenia Batres Guadarrama volvió a colocarse en el centro de la polémica dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de cuestionar la actuación de sus colegas durante la discusión de uno de sus proyectos y advertir que percibía una posible “animadversión” en su contra. El señalamiento generó respuestas dentro del propio Pleno y reavivó el debate sobre el estilo con el que la ministra enfrenta los desacuerdos jurídicos y políticos en el máximo tribunal del país.
El episodio adquiere mayor relevancia porque Batres no llega a esta confrontación sin antecedentes. Desde su incorporación a la Corte, su actuación ha estado acompañada de desencuentros, controversias por sus posiciones públicas, cuestionamientos sobre su imparcialidad y enfrentamientos con otros integrantes del Poder Judicial. Incluso, en marzo de 2025, la Segunda Sala de la SCJN determinó por unanimidad que estaba legalmente impedida para intervenir en un amparo promovido por Ricardo Salinas Pliego, al considerar que sus expresiones públicas contra el empresario configuraban una falta de objetividad. La propia Corte documentó que se actualizaba el supuesto legal de impedimento por enemistad manifiesta.
El episodio no terminó ahí. En mayo de ese mismo año, Batres fue declarada nuevamente impedida para participar en otro asunto relacionado con Grupo Elektra. En esa ocasión, la Primera Sala consideró que existían elementos relacionados con una posible animadversión personal hacia Salinas Pliego. Es decir, no se trató únicamente de una discusión mediática: fueron decisiones adoptadas formalmente por integrantes de la propia Suprema Corte.
Uno de los momentos más controvertidos ocurrió cuando, después de conocer que sus colegas discutirían su impedimento, Batres abandonó una sesión privada de la Segunda Sala. Su ausencia provocó que la sesión tuviera que interrumpirse posteriormente por falta de quórum. La ministra sostuvo que se trataba de una violación al Reglamento Interior de la Corte y acusó a sus compañeros de actuar en favor de intereses de los llamados “poderes fácticos”.
Una ministra que no suele ocultar sus diferencias
Batres también ha protagonizado choques dentro del Pleno por la manera en que defiende sus proyectos. En enero de 2026, por ejemplo, se registró una confrontación institucional después de que la ministra se negara a retirar de un proyecto un párrafo relacionado con la cosa juzgada, pese a que la mayoría de los ministros había rechazado ese planteamiento. El Pleno terminó resolviendo que no procedía el recurso de revisión en ese tipo de asuntos.
A ello se suma su postura particularmente combativa en materia de austeridad y gasto público dentro de la propia Corte. Batres ha cuestionado reiteradamente los presupuestos del máximo tribunal y ha votado en contra de incrementos que considera excesivos. En el presupuesto para 2026, por ejemplo, cuestionó que la propuesta ascendiera a casi 5 mil 870 millones de pesos y señaló que implicaba un incremento superior a la inflación.
Ese antecedente ayuda a entender el nuevo episodio. La ministra presentó también observaciones sobre el presupuesto de la Corte para 2027 y posteriormente, durante la discusión de su proyecto, expresó su preocupación por la actitud de algunos de sus compañeros. Ella misma vinculó temporalmente ambos acontecimientos, aunque hasta ahora no existe evidencia pública que demuestre que las diferencias presupuestales hayan provocado el rechazo a su propuesta.
La sucesión de la Corte, otro ingrediente de tensión
El enfrentamiento tampoco puede desligarse de la discusión sobre quién presidirá la Suprema Corte a partir de septiembre de 2027.
La reforma judicial introdujo en el artículo 94 constitucional un mecanismo de presidencia rotatoria de dos años, conforme al número de votos obtenidos en la elección judicial. Bajo esa disposición, Hugo Aguilar Ortiz ocupa actualmente la presidencia y Lenia Batres, como segunda persona más votada, sería la siguiente en el orden.
Sin embargo, el artículo 97 constitucional conserva una disposición diferente: establece que el Pleno debe elegir a su presidente por cuatro años. La contradicción entre ambos artículos permanece sin resolver y genera incertidumbre sobre quién deberá sustituir a Aguilar en 2027.
La circunstancia resulta políticamente sensible porque Batres ha defendido abiertamente la interpretación que la coloca como próxima presidenta. En declaraciones previas ha sostenido que la elección popular y el mecanismo establecido en el nuevo artículo 94 deben respetarse.
Así, cada desencuentro dentro del Pleno adquiere una dimensión mayor: no sólo se discute un proyecto jurídico, sino también el futuro equilibrio interno de una Corte que apenas comienza su nueva etapa después de la reforma judicial.
De la militancia política a la responsabilidad judicial
Otro elemento que ha acompañado la trayectoria de Batres es su abierta identificación política con la llamada Cuarta Transformación. Ella misma ha utilizado públicamente el concepto de “ministra del pueblo” para definir su actuación y ha defendido que la elección popular de los juzgadores constituye un componente central de la reforma judicial.
El problema no es que una ministra tenga posiciones jurídicas propias. El verdadero cuestionamiento institucional aparece cuando la confrontación política, las declaraciones personales o los desacuerdos externos pueden proyectarse sobre la función estrictamente jurisdiccional.
El caso Salinas Pliego es particularmente ilustrativo porque la propia Corte concluyó que sus expresiones públicas eran suficientes para considerar comprometida su objetividad en un asunto concreto.
Por ello, la nueva confrontación con sus colegas vuelve a colocar sobre la mesa una pregunta incómoda: ¿hasta dónde puede llegar el activismo público de una ministra sin afectar la percepción de imparcialidad que debe acompañar a quien imparte justicia desde el máximo tribunal del país?
Batres tiene derecho a defender sus proyectos, cuestionar decisiones administrativas y expresar desacuerdos con sus colegas. Pero sus compañeros también tienen derecho a controvertir jurídicamente sus propuestas. La deliberación de una Corte constitucional implica precisamente eso: argumentar, disentir, votar y aceptar el resultado de la mayoría.
El problema comienza cuando una diferencia jurídica se transforma en una acusación de animadversión personal.
Y ése es precisamente el punto que vuelve a poner a Lenia Batres bajo los reflectores: la ministra que llegó a la Corte con el discurso de transformar al Poder Judicial ahora enfrenta el reto de demostrar que puede ejercer ese poder con la misma firmeza con la que combate a sus adversarios, pero también con la imparcialidad, prudencia y templanza que exige el cargo.
Porque en la Suprema Corte los proyectos pueden perder, los argumentos pueden ser derrotados y los votos pueden ser minoritarios. Lo que no debería perderse es la institucionalidad.
Y a estas alturas, la discusión ya no gira solamente alrededor de las supuestas “pifias” de Lenia Batres, sino de algo mucho más serio: si sus constantes desencuentros son parte de una personalidad política combativa o si están comenzando a convertirse en un problema para la credibilidad y la imparcialidad del máximo tribunal del país.

