La diputada Mariana Guadalupe Jiménez Zamora, de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para establecer sanciones a los proveedores de servicios funerarios de uso inmediato que retengan restos humanos, cenizas o documentos como mecanismo de presión ante una controversia relacionada con el pago.
La propuesta plantea adicionar el artículo 65 Quáter y reformar el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el propósito de establecer reglas específicas para la contratación de estos servicios y reforzar la protección de las familias que enfrentan una situación de duelo. La iniciativa fue presentada el 22 de septiembre de 2026 y se encuentra en comisión para dictamen.
De acuerdo con la legisladora, la contratación de servicios funerarios ocurre generalmente en circunstancias de duelo, urgencia y vulnerabilidad emocional, lo que puede dificultar que las familias comparen precios, revisen contratos o distingan entre los servicios indispensables y aquellos que son opcionales.
Por ello, propone que antes de contratar, los proveedores estén obligados a entregar gratuitamente un presupuesto escrito o electrónico y desglosado, en el que se especifiquen los bienes y servicios básicos, conceptos opcionales, impuestos o derechos que deban pagarse a terceros y el precio total.
La iniciativa también contempla que los proveedores obtengan consentimiento expreso para cualquier cargo adicional, respeten la libre elección de bienes y servicios opcionales, exhiban claramente sus precios, utilicen el contrato registrado ante la autoridad correspondiente e informen a los consumidores sobre posibles restricciones sanitarias o técnicas.
Uno de los principales puntos de la propuesta es prohibir que los establecimientos utilicen como mecanismo de presión la retención de restos, cenizas o documentos relacionados con la persona fallecida cuando exista una controversia sobre el pago. La diputada sostiene que los proveedores conservarían sus derechos para reclamar legalmente las cantidades que correspondan, pero no podrían utilizar elementos vinculados con la dignidad de la persona fallecida y el duelo de la familia como garantía de pago.
Jiménez Zamora argumenta que actualmente existen obligaciones de información y contratos registrados para este tipo de servicios, pero considera necesario establecer expresamente prácticas que deberán evitarse, entre ellas los presupuestos globales sin desglose, cargos no autorizados, condicionamiento de servicios básicos a la adquisición de productos adicionales y la retención de cenizas o documentos.
La propuesta contempla que el incumplimiento de estas obligaciones pueda ser sancionado con multas de 1,093.02 hasta 4 millones 274 mil 960.73 pesos, monto que corresponde al rango de sanciones actualizado para 2026 en el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La legisladora señala que el objetivo es establecer reglas uniformes de información, garantizar la libre elección de los consumidores y reducir conflictos durante la contratación de servicios funerarios, sin crear infraestructura pública adicional.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados para su análisis y eventual dictamen.

