El Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, desechó la demanda de amparo del delegado de Tláhuac, Rigoberto Salgado, para detener el proceso de desafuero en su contra por parte de la Asamblea Legislativa.
De acuerdo con el juez es improcedente el juicio de amparo contra las resoluciones del poder legislativo a nivel federal y locales, en relación al juicio político y la suspensión o remoción de funcionarios en los casos que establecen las Constituciones.
En consecuencia, señaló, se desprende que el juicio de amparo es improcedente contra resoluciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen, de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas comisiones o diputaciones permanentes, en elección, suspensión o remoción de funcionarios, en los casos en que las Constituciones correspondientes les confieran la facultad de resolver soberana o discrecionalmente.
En este sentido la Asamblea Legislativa tiene facultades para la remoción de los Jefes Delegacionales, de acuerdo a las causales graves que se establecen en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

