El Congreso del Estado de México declaró aprobada la minuta de proyecto de decreto que reforma la Constitución local para concluir la renovación del Poder Judicial mediante elecciones previstas para el primer domingo de junio de 2028, en lugar de 2027. La determinación fue tomada por la LXII Legislatura, presidida por el diputado Vladimir Hernández Villegas, de Morena, a partir de la iniciativa presentada por José Francisco Vázquez Rodríguez, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena.

El cambio no se limita a modificar el año de la elección. La reforma establece un nuevo entramado para organizar el proceso mediante el cual la ciudadanía elegirá a quienes ocupen distintos cargos dentro del Poder Judicial mexiquense, desde magistraturas hasta juezas y jueces.

Uno de los principales cambios es la creación de una comisión coordinadora, integrada por representantes de los comités de evaluación de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Este órgano tendrá entre sus responsabilidades verificar que las personas aspirantes cumplan con los requisitos establecidos, además de establecer criterios y metodologías homologadas para su evaluación, selección y aplicación de exámenes de conocimientos.

De acuerdo con la minuta, los comités de evaluación deberán elaborar una lista con las cuatro personas mejor calificadas para cada cargo. Posteriormente, mediante un proceso de insaculación pública, esa lista se reducirá a dos candidaturas por puesto, bajo criterios que deberán garantizar la paridad de género por especialidad y distrito judicial.

Las listas resultantes serán remitidas a los órganos que representen a cada uno de los tres poderes del Estado para su aprobación y posterior envío al Congreso. Una vez recibidos los listados, la Legislatura los remitirá al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), organismo encargado de organizar la elección.

La reforma también establece un nuevo modelo de organización territorial de los comicios judiciales. El IEEM dividirá el territorio estatal en regiones y distritos judiciales electorales para que la ciudadanía pueda votar por las candidaturas correspondientes a cada especialidad jurisdiccional.

El órgano electoral deberá generar listas de candidaturas por especialidad y ámbito territorial, identificando tanto el poder que postuló a cada persona como su género. Posteriormente, mediante un acto público y bajo un procedimiento aleatorio, se asignarán las candidaturas a las distintas regiones y distritos, procurando que los poderes postulen en cada ámbito territorial a dos personas del mismo género por especialidad.

Cuando el número de cargos disponibles sea inferior al número de regiones o distritos judiciales, las candidaturas restantes podrán ser distribuidas aleatoriamente en dos o más ámbitos territoriales. El propósito será garantizar que las personas electoras puedan votar por todas las especialidades correspondientes a su distrito.

El IEEM también tendrá la responsabilidad de realizar los ajustes necesarios al marco geográfico y cartográfico electoral en cada elección judicial, de acuerdo con el número de cargos y especialidades que deban elegirse. Estos cambios deberán ser comunicados al Instituto Nacional Electoral.

En el caso de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, la elección se realizará en el ámbito estatal.

Otro de los cambios relevantes corresponde a las boletas electorales. Estas deberán permitir identificar con claridad la especialidad jurisdiccional, el poder que postuló a cada candidatura y si se trata de una persona juzgadora en funciones. Las candidaturas aparecerán en recuadros y la ciudadanía deberá seleccionar una sola opción por cada especialidad.

La jornada electoral judicial se realizará en los mismos lugares donde tengan lugar las elecciones ordinarias federales o locales correspondientes al año de la elección. Sin embargo, el proceso tendrá una característica particular: no participarán representantes de los partidos políticos. El escrutinio y cómputo se realizará en la misma casilla donde se hayan emitido los votos.

Una vez concluida la jornada, el IEEM efectuará los cómputos, publicará los resultados, entregará las constancias de mayoría y declarará la validez de las elecciones. Los resultados serán enviados posteriormente al Tribunal Electoral del Estado de México, que deberá resolver las posibles impugnaciones antes de que la Legislatura instale el primer periodo ordinario de sesiones del año electoral, previsto para el 5 de septiembre. En esa fecha, las personas electas deberán rendir protesta ante el Congreso.

La reforma también establece nuevos mecanismos para atender las vacantes dentro del Poder Judicial. El Órgano de Administración Judicial deberá informar al Congreso sobre los cargos que serán sometidos a elección, las especialidades, jurisdicciones, vacantes, retiros programados y demás información necesaria para organizar el proceso.

Si una jueza o juez fallece, renuncia, es destituido o registra una ausencia definitiva, el órgano correspondiente declarará la vacante y el cargo deberá ser renovado en la elección judicial inmediata.

En materia de licencias, las correspondientes a magistraturas que excedan de 15 días podrán ser autorizadas sin goce de sueldo por el Congreso o, durante los recesos legislativos, por la Diputación Permanente. Para juezas y jueces, la autorización corresponderá al Órgano de Administración Judicial. En ningún caso las licencias podrán superar un año.

También se establece que quienes ya ocupen un cargo judicial y pretendan competir por uno diferente deberán presentar una renuncia expresa e irrevocable antes de registrarse. Además, deberán informar al Órgano de Administración Judicial para que se notifique la vacante y ésta pueda ser incluida en el proceso electoral correspondiente.

La reforma redefine, además, la estructura interna del Poder Judicial. El Tribunal Superior de Justicia funcionará mediante el Pleno, la Sala Constitucional, la Sala de Asuntos Indígenas, Salas Colegiadas, Salas Unitarias y Tribunales de Alzada. Asimismo, el Poder Judicial contará con juezas y jueces de control, tribunales de enjuiciamiento y personas juzgadoras de ejecución.