La senadora del PRI, Anabell Ávalos Zempoalteca, presentó una iniciativa para fortalecer la protección jurídica de ejidatarios y comuneros frente a actos de autoridad que puedan privarlos de sus tierras, derechos agrarios, posesiones o medios de subsistencia.

La propuesta, turnada a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, plantea reformar el artículo 126 de la Ley de Amparo, con el objetivo de que la suspensión de oficio pueda concederse no solamente cuando estén en riesgo derechos colectivos, sino también cuando se trate de derechos individuales de campesinos, ejidatarios y comuneros.

Ávalos Zempoalteca explicó que actualmente personas que han sido afectadas por actos relacionados con sus tierras pueden enfrentar dificultades para obtener una suspensión de oficio al promover un juicio de amparo, debido a que esta medida de protección está vinculada principalmente con la afectación de derechos colectivos.

La legisladora consideró que esta protección debe ampliarse a los sujetos agrarios de manera individual, particularmente cuando exista el riesgo de perder el uso, disfrute o posesión de sus tierras. Afirmó que se trata de avanzar en una protección jurídica más amplia para un sector que puede encontrarse en condiciones de vulnerabilidad frente a actos que amenacen su patrimonio y forma de vida.

La iniciativa busca que la suspensión de oficio opere tanto para la protección de la población ejidal y comunal en su conjunto, como para los derechos individuales de ejidatarios, comuneros, avecindados y posesionarios, es decir, personas vinculadas directamente con la tierra y con el sustento de los núcleos agrarios.

La senadora sostuvo que negar esta protección a un ejidatario cuando la afectación ocurre en el ámbito individual puede generar una diferencia injustificada frente a quienes cuentan con protección por tratarse de derechos colectivos, pues el afectado tendría que cumplir requisitos adicionales para conseguir la suspensión del acto reclamado.

El planteamiento adquiere relevancia porque para las familias del campo la tierra no representa únicamente un patrimonio. También constituye una fuente de vivienda, producción, ingresos y subsistencia. Por ello, la pérdida de su uso, disfrute o posesión puede tener consecuencias que van más allá de la propiedad misma.

Ávalos Zempoalteca señaló que la protección del campo mexicano no debe fragmentarse, y planteó que la legislación debe contemplar mecanismos capaces de responder tanto ante afectaciones colectivas como frente a actos que vulneren los derechos individuales de quienes integran los núcleos agrarios.

La propuesta pretende, en ese sentido, dotar de mayor certeza jurídica a campesinos, ejidatarios y comuneros ante posibles intentos de despojo o actos de autoridad que pongan en riesgo sus tierras y derechos, mediante una herramienta de protección inmediata dentro del juicio de amparo.

La legisladora puntualizó que garantizar esta protección permitiría fortalecer los derechos de quienes dependen directamente de la tierra y contribuiría a preservar no solamente su patrimonio, sino también las condiciones necesarias para su vivienda, trabajo y subsistencia.